Protegemos tu Hogar
Respalda tu patrimonio ante robos, accidentes que provoquen daños a terceros, incendios, incluso desastres naturales como inundaciones o temblores.
CotizarCon el respaldo de:
Intermediado por:
¿Vale la pena un Seguro de casas?
Si buscas una póliza que garantiza la protección integral de tu patrimonio ante accidentes, robos o desastres naturales, además de la seguridad de los tuyos, Soriana y HDI Seguros te trae un seguro de casas basado en tres coberturas principales:
Mi Hogar
Te ayudamos si ocurre un incendio, se rompen
los cristales o vandalizan tu casa.
Mi Bienestar
Te respaldamos si te accidentas en tu casa
o si ocasionas daños a terceros.
Mis cosas
Cubrimos tus cosas si las roban (ropa, muebles,
joyas, etc.) y tus electrónicos si sufren daños
Respaldamos tus
bienes en caso de robo
Más Beneficios
Con HDI en mi Casa obtienes
estos beneficios:
Respaldo de Bienes
Protección para tus cosas por daños accidentales.
Accesible
Accesible, no importa si eres dueño o rentas.
Sin deducibles
Excepto en las coberturas adicionales, accidentes personales en casa y cristales.
Obtén una protección adicional para tí.
Fenómenos
Hidrometeorológicos
Protege tu casa y tus cosas de daños ocasionados por huracán, inundación, granizo, deslave, entre otros.
Terremoto y/o
Erupción Volcánica
Protege tu casa y tus cosas de daños ocasionados por un sismo o erupción volcánica.
Porque buscas tranquilidad
para toda tu familia ante
emergencias médicas
Para que protejas tus cosas
cuando estés fuera de casa.
Consulta Condiciones Generales en hdi.com.mx
En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas con el númeroPPAQ-S0027-0042-2022 / CONDUSEF-005443-02
GRUPO CIDAR BUSINESS BROKERS, Agente de Seguros y de fianzas S.A de C.V realiza la intermediación de los seguros, contando con la autorización correspondiente otorgada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a través de oficio número 06-367-II-1.2/01984